Derechos básicos del consumidor financiero
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Se define como consumidor financiero a todo aquel que sea cliente, usuario, o de algún modo consumidor de los productos que brindan los organismos financieros que estén bajo la supervisión del o de los organismos competentes asignados por el estado o los entes del estado que regulan las actividades financieras y económicas.
Se trata de todas aquellas personas que disponen de los servicios, productos o herramientas que ofrece cualquier entidad financiera, estos servicios se ofrecen bajo condiciones que las propias entidades establecen junto a ciertas obligaciones y derechos que mantienen el equilibrio de las operaciones para proteger ambas partes involucradas.
Los derechos básicos del consumidor financiero son aquellos que ofrecen seguridad y confianza al cliente de que la entidad será garante de cumplir con todo lo acordado previamente bajo contrato, primeramente, la entidad debe asegurar la debida atención para con el cliente, brindar un servicio de calidad con un trato respetuoso y ameno siempre que el cliente así lo requiera.
Acceso a la información de los servicios y productos financieros de los que dispone la entidad, esta información debe ser accesible al cliente mediante todos los medios posibles incluyendo plataformas web, cada entidad debe garantizar acceso completo a toda la información relevante y que resulte concerniente para los clientes, especialmente para aquellos relacionados con sus productos y servicios especiales.
La entidad debe ofrecer recursos y una adecuada instrucción que complemente los conocimientos financieros del cliente, a manera de fortalecer su comprensión de los mismos dentro del sistema que presta dichos servicios, estos incluyen, beneficios, derechos y obligaciones, como del mismo modo la naturaleza financiera de cada uno de estos.
Como el acceso a un sistema competente que le permita como cliente realizar cualquier tipo de proceso, requerimiento, quejas, reclamos, solicitudes y demás ante la entidad financiera a la que se encuentra ligado. Toda entidad debe ser garante de ofrecer como mínimo estos servicios a sus clientes y estos últimos están en todo su derecho de exigir el cumplimiento de cada una de estas pautas como derechos básicos.
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